Boletin Informativo P131
CAAAREM 28-07-2009
Pedimentos P1.
Por medio del presente se les informa que para el caso de Pedimentos con clave de documento P1 “Reexpedición de mercancías de franja fronteriza o región fronteriza al interior del país”, no se deberán de declarar en el registro 553 los permisos emitidos por SAGARPA, se deberán declarar estos en el registro 558 de observaciones a nivel partida, hasta nuevo aviso.
Para cualquier duda, aclaración o comentario favor de comunicarse con:
Sin más por el momento reciban un cordial saludo.
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