Asociación Local de Agentes Aduanales de Ciudad Juárez

Pequeña
Importación


  • Con valor de hasta $3000 y $5000 dólares.
  • Con valor excedente a la franquicia.
  • De personas con régimen de Incorporación Fiscal.

No corra riesgos, declare, pague sus impuestos y cruce su mercancía correctamente y sin problema, evitando sanciones o incluso el decomiso.


La autodeclaración se aplica cuando se traen mercancías adicionales a su equipaje y su valor es superior a la de la franquicia a la que se tiene derecho (150 dólares), pero no excede los 3000 dólares.


El Módulo de Pequeña Importación es un medio por el cual, toda persona que arriba a México, puede realizar la importación de sus mercancías adicionales a su equipaje para uso personal o comercial pero siempre y cuando se encuentre inscrito en la SHCP como Persona Física o Moral, y cuyo valor no rebase los 3000 o 5000 dólares, o su equivalente en otras monedas, y además, las mercancías no requieran algún permiso especial para su importación.


1. Debe ingresar con su vehículo a los patios fiscales de la Aduana Córdova de Cd. Juárez por el carril de camiones comerciales y estacionarse con su mercancía en la explanada de Pequeña Importación.

2. Ingresar a la oficina de Pequeña Importación para solicitar los servicios al operador y este lleve a cabo la inspección de la mercancía, y en caso de proceder, realice el pedimento de importación.


Para tramitar la importación de sus mercancías por medio del Módulo de Pequeña Importación son necesarios los siguientes documentos.

I. Para personas del régimen de Incorporación Fiscal (antes REPECO), con valor de hasta 3000 dólares y con destino a Franja Fronteriza o interior del país:

  • RFC.
  • Identificación con fotografía (INE).
  • Factura comercial o cualquier otro documento que compruebe el valor de la mercancía.

II. Para personas Morales, Física y Física con Actividad Empresarial, con valor de hasta 5000 dólares y con destino a Franja Fronteriza:

  • RFC.
  • Acta constitutiva.
  • Identificación con fotografía (INE).
  • Registro en la Secretaría de Economía como Empresa de la Frontera.
  • Factura comercial o cualquier otro documento que compruebe el valor de la mercancía.

Las mercancías que estén sujetas a permisos y Normas Oficiales Mexicanas, al pago de contribuciones al Impuesto General de Importación y Exportación, Derecho de Trámite Aduanero e Impuesto al Valor Agregado, no se podrá realizar su importación por medio del Módulo de Pequeña importación, así como algunas mercancías procedentes de China, tales como: calzado, ropa, juguetes, vajillas, aparatos electrónicos, mercancías que contengan madera, etc.

Asociación Local de Agentes Aduanales de Cd. Juárez A.C.